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TRATAMIENTO IMPOSITIVO AL FACTORING
 


CONSULTA ECUADOR
TRATAMIENTO TRIBUTARIO-IMPOSITIVO AL FACTORING
La Asociación de Bancos Privados del Ecuador presentó la siguiente consulta con el interés de conocer cuál es el tratamiento impositivo que se da a los actos/contratos de factoring en los distintos países de la Región, debido a que la Asociación se encuentraba estructurando un proyecto de ley que tendría por objeto el regular la transferencia de facturas (factoring) y encontró que la legislación tributaria nacional obliga al pago del impuesto a la renta por los ingresos obtenidos en dichas transferencias, estableciendo además la obligación de que quien compre las facturas realice una retención del 5% del valor que paga por esos instrumentos en concepto de impuesto a la renta.

A Continuación se presenta el cuadro y anexos con las respuestas de los distintos países que atendieron a dicha consulta.

 

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