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Legislaciones Nacionales sobre lavado de activos

 

 

 

Importancia del tema
El sector financiero y lavado de activos
FELABAN frente al lavado de dinero
Objetivos y contenido del trabajo de investigación

Importancia del tema

El tema relacionado con los mecanismos de detección y prevención del lavado de activos, de cuya legislación a nivel latinoamericano se ocupa el presente trabajo, ha adquirido en los últimos tiempos una especial relevancia mundial, en la medida en que se ha tomado conciencia de que una de las más eficientes formas en que los Estados pueden debilitar la estructura económica de las empresas criminales, es mediante la prevención y represión del lavado de los activos producto de tales actividades.

El lavado de activos, es un fenómeno de dimensiones internacionales. Dada la interdependencia existente entre los países y el alto desarrollo tecnológico de las telecomunicaciones, los capitales fluyen fácilmente por el sistema financiero mundial. Esto permite a la delincuencia organizada operar local e internacionalmente, por lo cual el lavado de activos normalmente involucra movimientos de capitales entre distintos países.

De allí la necesidad de la cooperación internacional, cooperación que ha sido reconocida por numerosos gobiernos y ha redundado en diversos acuerdos en el ámbito internacional. En buena medida, estos acuerdos han contribuido a fortalecer los ordenamientos nacionales y mejorar los mecanismos de cooperación e intercambio de información y pruebas en diversos países.

En efecto, organismos como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA), han promovido la adopción de normas específicas en esta materia.

El Grupo de Acción Financiera (GAFI) y la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, de la Organización de los Estados Americanos (CICAD - OEA) se han constituido en un apoyo fundamental en los esfuerzos de los Estados para el desarrollo de una política integral contra las diversas manifestaciones de las actividades delictuales y, especialmente, contra el lavado de activos.

Puede afirmarse que en el ámbito nivel latinoamericano, los mecanismos de control y prevención del lavado de activos adoptados al interior de cada uno del continente, responden a parámetros de aplicación internacional.

La mayoría de los Estados miembros de la OEA han adoptado o se han comprometido a adoptar en su ordenamiento jurídico interno, las recomendaciones contenidas en el Reglamento Modelo de la CICAD – OEA. Esta adopción de recomendaciones internacionales se refleja de manera integral en las distintas áreas de la legislación interna, que de algún modo se relacionan con el lavado de activos.

Las disposiciones que regulan el sistema financiero, el sistema penal y la estructura del aparato jurisdiccional en los países latinoamericanos, en cuanto hace al tema del lavado de activos, se encuentran adecuadas a los estándares internacionales en la materia, como se observa en el presente trabajo.

La acción de las autoridades contra el lavado de activos, tiene la mayor importancia en el entorno actual, en el cual se han modificado de manera sustancial las políticas contra la delincuencia. En este tiempo, se ha visto que una de las herramientas más efectivas contra el delito, es perseguir la riqueza producto de las acciones cometidas por fuera de la ley, siendo, la acción contra el lavado de activos, una de las herramientas más efectivas.

Se requiere un trabajo conjunto para controlar el flujo de capitales entre los distintos estados, práctica habitual de las organizaciones criminales para eludir la acción de las autoridades.

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El sector financiero y el lavado de activos

El combate del lavado de activos, involucra a todos los sectores económicos. En el caso del sector financiero, su responsabilidad es mayor. El sector financiero recibe y canaliza buena parte del flujo de capitales de la economía, lo cual facilita que el dinero de procedencia ilícita se confunda con recursos de origen legal. Por lo anterior, el sector financiero es especialmente vulnerable a ser utilizado sin su consentimiento ni conocimiento para el lavado de activos.

Por lo anterior, el sector financiero debe adoptar medidas especiales para prevenir el lavado de activos, que contribuyan a la acción de las autoridades en la prevención y castigo de este delito. Estas medidas tienen un carácter especial y superan el simple deber de colaboración con la autoridad que corresponde a todo ciudadano.

Es por ello que estudios como el presente tienen la mayor importancia, en la medida en que brindan al sector financiero un mayor conocimiento y entendimiento de las disposiciones existentes para enfrentar el lavado de activos.

La difusión de las normas pertinentes en los países latinoamericanos resulta fundamental para lograr una mayor eficacia de las mismas en el combate contra la empresa criminal, más allá de la represión del delito en sí mismo considerado y de la simple represión penal al delincuente.

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FELABAN frente al lavado de dinero

En esta materia FELABAN ha desempeñado un importante papel en el continente latinoamericano. En efecto, la Federación Latinoamericana de Bancos suscribió, el 18 de marzo de 1996, una Declaración sobre la Prevención del Uso Indebido del Sistema Financiero en el Lavado de Activos provenientes del Narcotráfico y de otra Actividades Ilícitas, en la cual se establecieron los siguientes principios:

     

  • Colaborar con los miembros activos de FELABAN y las autoridades gubernamentales en la formulación y adopción de normas de prevención.

     

  • Promover el intercambio de información general, métodos y otros aspectos técnicos que puedan ser de utilidad para las asociaciones y organismos miembros.

     

  • Proponer a sus miembros activos que sugieran a sus afiliados la adopción de políticas de prevención de lavado de activos.

     

  • El establecimiento de códigos de conducta, los cuales deben incluir las normas de prevención, el conocimiento de las violaciones y la aplicación de sanciones.

     

  • El asesoramiento a los afiliados en el marco general de aplicación de las medidas.

Para efectos de desarrollar los principios atrás mencionados, FELABAN creó un COMITÉ LATINOAMERICANO PARA LA PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS, el cual fue conformado inicialmente por las asociaciones bancarias de Panamá, Colombia, Chile y Brasil.

Dicho Comité, presentó en Panamá, el 30 de agosto de 1996, una Declaración, la cual contiene diversas recomendaciones para la prevención del lavado de activos (Ver declaración anexa). Igualmente, el Comité presentó una guía práctica para la prevención del lavado de activos, cuya base fueron las recomendaciones y acuerdos de las asociaciones bancarias latinoamericanas.

Las recomendaciones van dirigidas a la elaboración y actualización de señales de alerta que faciliten y permitan la detección de operaciones inusuales o sospechosas, la autorregulación como mecanismo fundamental en la lucha contra el lavado de activos, la colaboración y concertación con las autoridades para la expedición de normas tendientes a prevenir el lavado de activos, el desarrollo de programas de capacitación y la extensión de la aplicación de las normas de prevención a entidades no financieras.

Posteriormente, a través de los Comités correspondientes, FELEBAN ha continuado efectuando importantes esfuerzos para la difusión e implementación de mecanismos efectivos de control del lavado de activos en el sector financiero latinoamericano, desarrollando un papel de especial liderazgo en esta materia.

Adicionalmente, FELABAN ha hecho presencia en diferentes foros internacionales sobre este tema. Es así como ha participado en representación de la banca latinoamericana en algunas de las reuniones del GAFI (Ver documento presentado en la reunión del GAFI del mes de mayo de 1998 en Bruselas).

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Objetivos y contenido del trabajo de investigación

Por todo lo dicho anteriormente, la Federación Latinoamericana de Bancos, FELABAN, ha considerado de principal importancia efectuar una recopilación de la totalidad legislación existente sobre lavado de activos en los países latinoamericanos miembros de la Federación.

El propósito del trabajo es brindar una visión global sobre la legislación vigente en Latinoamérica en relación con la detección y prevención de lavado de activos, en los aspectos más sobresalientes de la misma.

Igualmente, se persigue tener un marco comparativo adecuado sobre la materia, que abarque todos o la mayoría de los países de habla hispana del continente.

De esta forma, los sectores financieros latinoamericanos contarán con una importante herramienta para efectuar estudios y análisis de este aspecto del mundo bancario.

Es así como presentamos en este trabajo, de manera completa y sistematizada, la totalidad de la legislación vigente interna sobre prevención y detección de lavado de activos de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Uruguay, República Dominicana, Panamá, Venezuela, México, Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, Cuba, Honduras, Brasil, Guatemala y Paraguay.

Para una mayor ilustración y utilidad del estudio abordado en el presente documento, hemos considerado pertinente incluir, además de las normas respectivas, un comentario breve sobre cada uno de los puntos tratados y un análisis comparativo en relación con el Reglamento Modelo de la CICAD - OEA, el cual, como vimos, tiene una principal importancia en el estudio de este trascendental tema y es la guía que han seguido los países americanos para desarrollar este tema en sus ordenamientos internos.

Así las cosas, se hace referencia a cada uno de los aspectos que contiene el citado Reglamento y a las principales normas de cada país, lo cual permite efectuar un análisis comparativo y establecer el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Reglamento Modelo.

Adicionalmente se incluye un cuadro esquemático de cada uno de los países analizados, el cual resulta de la mayor utilidad para efectos de brindar un panorama global sobre la situación de la legislación latinoamericana en relación con el lavado de activos.

Para brindar una adecuada sistematización a la recopilación de normas analizadas, el presente estudio se basó en los aspectos contenidos en el Reglamento Modelo de la CICAD - OEA, lo cual permitió realizar la investigación con una adecuada estructura lógica y de manera uniforme, pese a las posibles variaciones en materia legislativa al interior de cada país.

Por lo anterior, a continuación se expone el tratamiento que el citado Reglamento le da al lavado de activos.

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