Al
leer este capítulo
podrá:
Conocer las características,
los diferentes conceptos
y denominaciones del "lavado
de activos" e identificar
las etapas del lavado
de activos.
Desde siempre ha existido
criminalidad y siempre
han existido mecanismos
legales para perseguir
y castigar al delincuente
y para evitar que haga
uso o goce los bienes
que provienen de su actividad
delictiva. Es así
como se ha venido castigando
la receptación,
el encubrimiento, etc.
Pero el lavado de activos
como delito autónomo
e instrumento de lucha
contra la delincuencia
organizada que obtiene
grandes beneficios económicos,
es relativamente nuevo;
como también son
recientes las normas que
establecen al "sector
privado" deberes
cualificados de colaboración
con las autoridades.
El lavado de activos
es un instrumento para
perseguir y congelar los
fondos de las organizaciones
criminales. Las autoridades
pueden debilitar la estructura
económica de las
organizaciones criminales
y terroristas. Se debe
evitar los efectos que
generan los dineros provenientes
de los "delitos
graves" en la
sociedad y la economía.
No es suficiente al
delincuente, es necesario
además perseguir
y decomisar o confiscar
los bienes que ha generado
su actividad ilícita
y evitar los efectos socioeconómicos
que genera.
La delincuencia organizada
transfiere sus recursos
entre distintos países,
con el fin de lavar sus
recursos. Por ello se
trata de un delito transnacional
que requiere de la colaboración
de la comunidad internacional.
La comunidad internacional
(ONU - Convención
de Viena, OEA – Reglamento
Modelo de la CICAD-OEA,
40 Recomendaciones del
GAFI, etc. (ver capítulo
de acciones
internacionales, ha diseñado
una política global
contra el lavado de activos
sobre los siguientes principios:
- Desarrollar instrumentos
jurídicos de
cooperación internacional
a través de la
suscripción de
acuerdos con otros estados
para facilitar el intercambio
de pruebas, la colaboración
judicial y la extradición.
- Adoptar los mecanismos
conducentes a congelar
los fondos de las organizaciones
criminales y terroristas.
- Responsabilidad de
las personas jurídicas
(en algunos países
se acepta en materia
penal y en otros es
solo de naturaleza administrativa)
- Un marco normativo
que abarque aspectos
penales, procesales
y normas de carácter
administrativo que defina
responsabilidad en el
control a los agentes
económicos llamados
a colaborar con las
autoridades ("sujetos
obligados")
- Creación de
unidades de inteligencia
financiera (UIF) para
centralizar el análisis
de la información
y de las transacciones
financieras, y económicas,
inusuales y sospechosas
que son suministradas
por los "sujetos
obligados".
- Definir y exigir "Sistemas
de Prevención
del Lavado de Activos" y requerimientos
de información
para la adopción
de la política
de "conocimiento
del cliente" de
los "sujetos
obligados"
que faciliten el desarrollo
de prevención
y control de operaciones
y su reporte a las autoridades.
Para ello es necesaria
la flexibilización
del secreto bancario.
- Adopción de
un régimen de
registro e información
de operaciones en efectivo
y sospechosas.
En el capítulo
de acciones
internacionales se encuentra una síntesis
de las acciones desarrolladas
por organismos internacionales
u algunos grupos de trabajo
internacional. Así
mismo, encontrara los
textos de los documentos
internacionales expedidos
sobre esta materia, y
mediante los cuales se
desarrollan los principios
mencionados.
1.1.
DEFINICIÓN DEL
LAVADO DE ACTIVOS
La doctrina ha definido
al lavado de activos de
diferentes formas y de
acuerdo con sus características.
Para definir el lavado
de activos hemos acogido
la propuesta del profesor
Isidoro Blanco Cordero,
quien lo define como un "proceso en virtud
del cual los bienes de
origen delictivo se integran
en el sistema económico
legal con apariencia de
haber sido obtenidos de
forma licita."
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1.2.
DENOMINACIONES DEL LAVADO
DE ACTIVOS
Las legislaciones de
los países han
empleado múltiples
denominaciones para referirse
al delito de lavado de
activos.
Así por ejemplo
en los siguientes países
el lavado de activos recibe
diferentes denominaciones:
* Argentina: Lavado
de Activos
* Bolivia: Legitimación
de ganancias ilícitas
* Brasil: Lavado
de Bienes, Derechos y
Valores
* Chile: Lavado
de Dinero
* Colombia: Lavado
de Activos
* Costa Rica: Legitimación
de Capitales procedentes
del narcotráfico
* Cuba: Lavado de Dinero
* Ecuador: Conversión
o transformación
de bienes (Lavado de Dinero).
* El Salvador: Lavado
de Activos
* Guatemala: Transacciones
e inversiones ilícitas
* Honduras: Lavado
de Dinero o Activos
* México: Operaciones
con recursos de procedencia
ilícita.
* Nicaragua: Lavado
de Dinero y Activos de
Actividades Ilícitas
* Panamá: Blanqueo
de Capitales
* Paraguay: Lavado
de Dinero o Bienes
* Perú: Lavado
de Activos
* República Dominicana:
Lavado de Bienes relacionados
con el tráfico
ilícito de drogas
y delitos conexos.
* Uruguay: Blanqueo
de Dinero
* Venezuela: Legitimación
de Capitales.
Para los efectos del
presente trabajo se utilizará
la expresión "LAVADO
DE ACTIVOS": "proceso en virtud
del cual los bienes de
origen delictivo se integran
en el sistema económico
legal con apariencia de
haber sido obtenidos de
forma licita."
La terminología
utilizada no obedece siempre
a criterios estrictamente
jurídicos, la mayoría
de las veces de neologismos
utilizados sinónimos
de palabras extranjeras,
veamos:
Lavado: Expresión
utilizada de la traducción
en ingles de money
laudering, o del alemán gledwasche. La
expresión "lavado"
es utilizada por el Reglamento
Modelo de la CICAD-OEA.
Blanqueo: Del francés blanchiment y del
portugués branqueamiento.
Reciclaje: Este término
deriva del italiano reciclaggio
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1.3.
CARACTERÍSTICAS
DEL LAVADO DE ACTIVOS
Se han identificado
las siguientes características:
*
Asume perfiles de clientes
normales.
El lavador de activos
tratará de asumir
perfiles que no levanten
sospechas. Trata de mostrase
como el "cliente
ideal".
*
"Profesionalismo"
y complejidad de los métodos.
Las organizaciones criminales
han "profesionalizado"
al lavador de activos
quien es normalmente un
experto en materias financieras
que confundir el verdadero
origen ilícito
de los bienes objeto del
lavado. Su finalidad es
reducir la posibilidad
de vincular los activos
con su origen ilícito.
Para lo utiliza sofisticados
modelos o métodos
de lavado para ocultar
el origen ilícito
de su riqueza. Crean empresas
ficticias o de papel,
adquieren empresas lícitas
con problemas económicos;
manejan múltiples
cuentas en diversas oficinas
o entidades, buscan mezclar
su dinero sucio con una
actividad aparentemente
lícita, etc.
Las modalidades para
lavar activos se podrán
consultar en el capítulo Señales
de Alerta y Métodos
para el Lavado de Activos
*
Globalización de
las actividades del lavado
de activos.
Es un fenómeno
de dimensiones internacionales,
sobrepasa fronteras con
los cambios de soberanía
y jurisdicción
que ello implica.
El desarrollo tecnológico
de las telecomunicaciones
facilita la transferencia
de riqueza a través
del planeta y permite
a la delincuencia operar
internacionalmente.
El lavador tratara de
acudir o utilizar países
que no tienen adecuadas
políticas de prevención
y a aquellos que no ofrecen
cooperación judicial
internacional e intercambio
de información
para perseguir el lavado
de dinero.
*
Aprovecha sectores o actividades
vulnerables.
El sector financiero
es uno de los más
vulnerables para ser utilizados
por las organizaciones
criminales, recibe y canaliza
la mayor parte de los
dineros. Pero no es único
que es normalmente utilizado
por los delincuentes.
En el capítulo operaciones
sospechosas, segmentación
del mercado y factores
de riesgo (Actividades
y sectores vulnerables)
se puede consultar aquellas
actividades y sectores
que usualmente utilizan
los lavadores de activos,
que comúnmente
son los mismos (o deberían
ser) que reciben la calificación
de "sujetos
obligados".
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1.4.
ETAPAS DEL LAVADO DE ACTIVOS
Son muchos los modelos
que la doctrina ha tratado
de utilizar para describir
las fases o etapas del
lavado de activos, sin
perjuicio de hacer mención
a algunos de los modelos
existentes, para efectos
de este trabajo hemos
acogida la mas aceptada
que es la propuesta por
el GAFI.
Modelo
del GAFI.
Primera
Etapa. Colocación
de los bienes o del dinero
en efectivo
Consiste en la recepción
física de bienes
de cualquier naturaleza
o de dinero, en desarrollo
y como consecuencia de
actividades ilícitas.
Son actividades ilícitas
(delitos graves) fuente
de bienes y grandes volúmenes
de dinero.
La colocación
inicial del dinero en
el sistema económico,
y en especial en el financiero,
suele ser el paso más
difícil en el proceso
de lavado de dinero. Los
delincuentes reciben grandes
cantidades de efectivo
de los cuales deben desprenderse
rápidamente para
evitar la acción
de las autoridades. Incorporan
los dineros de alguna
forma al sistema financiero
o económico.
Segunda
Etapa. Fraccionamiento
o transformación
Los delincuentes estructuran
sus transacciones en efectivo
de manera que la cuantía
sea pequeña y de
esa forma evitar los reportes
pertinentes (pitufeo).
La transformación,
estratificación
o colocación del
dinero sucio, consiste
en la inmersión
de los fondos (dinero
físico) o bienes,
en la economía
legal o en una institución
financiera, seguida de
sucesivas operaciones
(nacionales o internacionales),
para ocultar, invertir,
transformar, asegurar
o dar en custodia bienes
provenientes del delito
o para mezclarlos con
dinero de origen legal,
con el fin de disimular
su origen.
El dinero o los bienes
colocados en la economía
legal serán movilizados
múltiples veces,
en gran cantidad de operaciones.
El lavador deja una larga
estela de documentos que
dificultan la labor de
las autoridades, de los
actores de la economía,
con lo que pretende ocultar
el rastro de su origen
ilícito o justificar
el rápido incremento
de su fortuna.
La finalidad de este
movimiento de fondos es
crear una serie de estratos
que compliquen la tarea
de determinar la manera
en que los fondos ingresaron
a la economía legal
o la forma en que se dispuso
de ellos.
Tercera
Etapa. Inversión,
integración o goce
de los capitales ilícitos.
Es la finalización
del proceso. En este paso,
el dinero lavado regresa
a la economía o
al sistema financiero
disfrazado ahora como
"dinero legítimo",
bien sea mediante transacciones
de importación
y exportación,
ficticias o de valor exagerado,
mediante pagos por servicios
imaginarios, o por el
aporte de intereses sobre
préstamos ficticios,
y a través de toda
una serie, casi interminable,
de otros subterfugios.
Ese dinero líquido
o esos bienes colocados
entre agentes económicos
se recicla y convierte
en otros bienes muebles
e inmuebles o en negocios
fachada que permiten al
lavador disfrutar su riqueza
mal habida. Así
mismo, parte de la ganancia
es reinvertida en nuevos
delitos, o en asegurar
la impunidad de los mismos,
para lo cual se compran
conciencias o lealtades.
Modelo
de Bernasconi "modelo
de fases" (autor alemán,
citado por Isidoro Blanco
Cordero en su Libro "El
delito de blanqueo de
capitales"):
La primera fase en primer
grado la denomina Money
Laudering, es decir
conjunto de actuaciones
con las cuales en el corto
plazo se liberan los bienes
contaminados.
La de segundo grado
(recycling) se
refiere a las operaciones
a mediano y largo plazo
de bienes ya lavados que
son posteriormente utilizados
para lograr una desconexión
absoluta del delito previo.
Modelo
de Zund (Modelo
del ciclo del agua) citado por Isidoro
Blanco Cordero en su Libro
"El delito de blanqueo
de capitales":
Precipitación:
Producción del
dinero o billete originado
en el delito previo.
Infiltración:
El dinero recogido por
la organización
criminal es sometido a
una primera fase de lavado
transformándolo,
por ejemplo en billetes
de alta denominación.
Corriente de aguas subterráneas:
El dinero se convierte
en otras formas patrimoniales.
Desagüe: El dinero
es entregado a otra área
de la organización
o atrás para proceder
a la realización
de transferencias normalmente
al exterior.
Nueva acumulación
y estación de bombeo:
El dinero es nuevamente
recibido por la organización
y se destina a la apertura
de cuentas en entidades
financieras.
Estación de depuración
y aprovechamiento: Se
utilizan testaferros y
se mueven los dineros
de cuenta en cuenta para
encubrir rastros criminales.
Evaporación y
precipitación:
El dinero lavado cuyo
rastro legal ha sido borrado
(evaporado) es destinado
nuevamente a actividades
criminales o utilizado
para el goce del delincuente.
Modelo
de FinCEN (Departamento
del Tesoro)
Comienza con la producción
de la riqueza generada
por los delitos graves.
Posteriormente se introducen
a la economía legal,
donde se reagrupan y reinvierten
en actividades ilegales
o legales.
Modelo
Teleológico (Autor
Suizo Ackerman)
Se inspira en los objetivos
de las etapas de lavado.
Se distinguen objetivos
principales, secundarios
y complementarios.
Principales: Evitar
el decomiso o confiscación
de los bienes y asegurar
su disfrute (ocultación
física de los activos).
Secundarios: Confusión
de los activos con otros
de origen legal.
Complementarios: Evitar
el juzgamiento de los
autores del delito previo.
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