| El presente
documento pretende mostrar
los aspectos más
relevantes de la Ley Patriótica
de los Estados Unidos
(US Patriot Act) aprobada
por el Congreso de los
Estados Unidos de América
y sancionada por el Presidente
George Bush el 26 de octubre
de 2001, que en nuestra
opinión afectan
directa o indirectamente
a la banca latinoamericana.
Para nadie es un secreto
que las pautas dadas por
los países desarrollados
son en ultimas las que
siguen los grupos de trabajo
internacional la presentar
sus recomendaciones o
estándares internacionales
(GAFI, GAFISUD, GAFIC,
REGLAMENTO MODELO CICAD-OEA).
Tampoco debemos desconocer
que el mundo se encuentra
en guerra contra las organizaciones
criminales y terroristas
de alcance global.
INTRODUCCION
La Ley Patriótica,
expedida como una respuesta
a los actos terroristas
del 11 de septiembre de
2001, trae una serie de
regulaciones que directa
o indirectamente afectan
a todos los países
del mundo y a sus sectores
financieros.
Es importante tener
presente que dicha ley
hace un llamado a las
autoridades de otros países
para que colaboren con
la aplicación e
implantación de
dicha ley.
Debemos recordar el
mensaje del Presidente
Bush, en el sentido que
quien no esté comprometido
en la lucha contra el
terrorismo internacional,
esta en contra de los
Estados Unidos. Mensaje
que se refleja en algunos
artículos de la
citada ley, tal como se
verá a continuación.
Como lo expresamos,
las recomendaciones internacionales
contra el lavado de dinero
normalmente tienen origen
en las iniciativas legislativas
de los países desarrollados.
Por ello el GAFI y el
Grupo de Expertos de la
CICAD-OEA, no deben dejar
pasar por alto algunas
de las nuevas normas de
lucha contra el lavado
de dinero, no solo por
que son nuevas herramientas
en esta lucha, sino especialmente
porque se trata de una
Ley que tiene, quiérase
o no, un alcance global,
que compromete a los gobiernos
del continente y sus sectores
financieros.
En los términos
de la referida ley aquellos
países o sectores
financieros que no presten
la colaboración
requerida para lucha contra
el terrorismo y el lavado
de dinero serán
calificados como países,
territorios o jurisdicciones
"de especial preocupación
en razón del lavado
de dinero", con
las consecuencias que
dicha ley trae, las cuales
comentaremos.
En
otros términos,
los países americanos
y sus sectores financieros
van a verse obligados
a adecuar sus normas a
los requerimientos de
la ley patriótica,
de lo contrario están
expuestos a lasa consecuencias
de la ley patriótica.
El sector privado y
especialmente el financiero,
será el primer
afectado, quien independientemente
del ordenamiento interno
de su país se verá
obligado a "cumplir"
con las disposiciones
de la ley patriótica.
Por ello los sectores
financieros del Continente
deben buscar que sus autoridades
adopten normas que hagan
compatible sus ordenamientos
internos con la citada
o Ley hacerles ver las
dificultades legales que
se presentan con miras
a que estas traten estos
asuntos con las autoridades
americanas.
Hemos visto como algunas
de las autoridades de
nuestros países
no han actuado para dar
herramientas jurídicas
a sus entidades financieras,
por ejemplo en los temas
relacionados con las listas
de la OFAC y están
expuestas a violar sus
normas internas o a hacer
frente a las graves consecuencias
que trae la ley americana,
cuando no actúan
conforme a sus disposiciones.
Al parecer algunas autoridades
piensan que esto no es
un problema o asunto suyo
sino de las entidades
financieras, a quienes
se les ha dejado solas
asumiendo riesgos legales,
toda vez que en ocasiones
el cumplir con el bloqueo
u "ordenes"
de no trabajar o prestar
servicios a personas u
organizaciones incluidas
en estas listas, es violatorio
de las normas internas.
Vemos con preocupación
como, por ejemplo, la
Superintendencia Bancaria
de Colombia, sancionó
a una entidad financiera
que se abstuvo de prestar
servicios a empresas incluidas
en las listas de la OFAC.
Con esta decisión
de las autoridades (que
se ajusta a su régimen
legal interno) este país
esta expuesto a ser considerado
como de "especial
preocupación en
razón del lavado
de activos", con
las respectivas consecuencias
de la Ley Patriótica,
de acuerdo con lo
expuesto en la citada
ley.
Debemos ser conscientes
que el mundo, o al menos
la principal potencia
está en guerra,
y que la comunidad internacional
se ha comprometido a luchar
contra esta amenaza (el
terrorismo) y las autoridades
de Estados Unidos, han
recibido el mandato a
través de la Ley
patriótica de considerar
como enemigos a países
que no colaboren en esta
lucha o puedan considerarse
como refugio de terrorista
o de sus recursos.
|