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CREACIÓN Y MONTAJE DE LA UNIDAD DE CUMPLIMIENTO

 

La práctica nos enseña que existen entidades financieras que por la complejidad de su ciclo operacional, requiere el montaje de una Unidad de Cumplimiento, es decir, en este caso, el Oficial de Cumplimiento apoya su labor en un equipo de trabajo que le permita cubrir todas las dependencias y oficinas de la institución en forma adecuada.

Para lo cual se recomienda surtir una serie de procesos para la creación de dicha Unidad así:

Caracterización y conformación del equipo humano

Las personas que conforman el equipo de trabajo que apoya al Oficial de Cumplimiento en una entidad financiera, deben observar las mismas características del Oficial de Cumplimiento. Debe contar con profesionales en áreas administrativas (Administración, Contaduría, Ingeniería Industrial, Derecho y Economía)

Para la conformación del equipo de trabajo, se sugiere desarrollar los siguientes aspectos:

  • Identificar las funciones específicas de la Unidad de Cumplimiento y las interrelaciones con otras unidades funcionales.
  • Identificar las necesidades de recurso humano, con base en la definición de funciones específicas asignadas a la Unidad de Cumplimiento.
  • Proceso de selección del personal con base en el perfil trazado por el área de personal en coordinación con el Oficial de Cumplimiento.
  • Definir cargos y describir sus funciones.
  • Ubicación en el organigrama especificando líneas de autoridad y comunicación.

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Caracterización de los recursos técnicos

La entidad financiera cuenta con un conjunto de conocimientos, métodos y procesos que se utilizan para llevar a cabo su ciclo operacional, cuyo resultado es la conformación del portafolio de servicios que se ofrece a los clientes.

Una vez se determina el funcionamiento normal del sistema operacional, la alta gerencia diseña sobre el mismo, los procedimientos específicos de prevención y control del lavado de activos, en coordinación con la Unidad de Cumplimiento. El nivel de automatización de dicho sistema operacional, determina igualmente, el diseño automático de los procedimientos específicos para la prevención y control de los activos provenientes de actividades delictivas.

Las especificaciones tecnológicas propias de la Unidad de Cumplimiento, deben permitir:

  • Cotejar numérica y alfabéticamente cada cliente con listas de personas inhibitorias o que registran bloqueos comerciales y judiciales. (Cumplimiento de listas OFAC)
  • Comparar numérica y alfabéticamente, el documento de identificación de cada cliente con los registros controles de la institución que expidió dicho documento.
  • El registro de los datos básicos del cliente y de las operaciones que realiza.
  • La consolidación de operaciones por cliente en distintos espacios temporales.
  • La consolidación de operaciones por montos o límites normativos.
  • La acumulación de operaciones por segmento de mercado.
  • Estadísticas operacionales por cada segmento de mercado en períodos indicados.
  • El registro de operaciones individuales en efectivo, efectuadas a través de cualquier oficina o agencia de la entidad.
  • El registro de operaciones múltiples en efectivo, efectuadas a través de cualquier oficina o agencia de la entidad.
  • La clasificación de operaciones en efectivo y documentales.
  • La equivalencia entre monedas.
  • Visualizar los movimientos por cliente, para determinar operaciones inusuales.
  • El registro de indicaciones y características propias del cliente, conocidas gradualmente durante el establecimiento de negocios con el mismo.
  • El control sobre el reporte de las operaciones sospechosas, a la entidad gubernamental encargada de su análisis.
  • El registro del usuario que ingresa a efectuar modificaciones, retiros o adición de datos, a través del sistema computacional.
  • Listar información condicionada a los criterios de búsqueda y organización de la misma. Ejemplo: Listar las operaciones de naturaleza débito efectuadas por determinado cliente, etc.
  • Controlar señales de alerta automáticas que permitan identificar clientes que registran movimientos sin justificación económica.

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Ubicación en el organigrama de la institución.

La ubicación orgánica de la Unidad de Cumplimiento en una entidad financiera, debe ser adecuada para que permita el cumplimiento de las responsabilidades a su cargo.

El personal que ejerce sus funciones en la Unidad de Cumplimiento, debe tener el apoyo de la alta gerencia (Junta Directiva), para que se logre la colaboración de todo el personal de la entidad, y logre así, ejecutar sus labores sin impedimentos.

El Oficial de Cumplimiento, quien dirige la Unidad de Cumplimiento, debería depender de la Junta Directiva o Directorio, para respaldar su libertad y autonomía y permitirle el cubrimiento de todas las áreas críticas; la atención debida a los informes y la aplicación de acciones correctivas.

La ubicación organizacional del Oficial de Cumplimiento debe permitirle mantener un canal de comunicación abierto, dispuesto a informar sobre asuntos de mutuo interés, con el Directorio o Junta Directiva de la institución.

La Junta Directiva o Directorio debe ser ente encargado de nombrar y remover del cargo al Oficial de Cumplimiento, este aspecto hace más independiente la labor de dicho ejecutivo.

La misión, objetivos, estrategias, autonomía y responsabilidad de la Unidad de Cumplimiento, deben estar documentados y aprobados por la Junta Directiva o Directorio.

La creación de la Unidad de Cumplimiento, debe contemplar:

  • La posición orgánica de la Unidad.
  • La autorización para acceder a toda la información de la entidad y para realizar las visitas de inspección a oficinas y dependencias de la entidad, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas y las reglamentaciones internas desarrolladas por el Sistema Integral de prevención y control del lavado de activos.
  • Definir el alcance y cobertura de los procedimientos específicos de prevención y control.

El Oficial de Cumplimiento debe presentar al Comité de Prevención de Lavado de Activos (COPRELAC) un informe mensual sobre el avance de la labor que cumple la Unidad de Cumplimiento; las desviaciones o incumplimiento de las normas y reglamentaciones contenidas en el Sistema Integral de prevención y control; las causas de dichas desviaciones; las recomendaciones y, el resultado del seguimiento a las acciones de mejoramiento continuo.

Anualmente, el Oficial de Cumplimiento debe presentar a la Junta Directiva o Directorio y a la COPRELAC, para la asignación de los recursos económicos necesarios, la Planeación de Cumplimiento y Seguimiento – PACS – la cual contiene las actividades en materia de cumplimiento, previstas por la entidad financiera.

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Funciones y responsabilidades de cada miembro del equipo humano

La principal función de la Unidad de Cumplimiento en una entidad financiera, es lograr proteger a la entidad de la introducción de dineros, derechos y activos provenientes de actividades delictivas.

En consecuencia, las funciones de los miembros del equipo de trabajo que conforman la Unidad de Cumplimiento, se encaminan a verificar:

  • La ejecución de los procedimientos específicos para la prevención y control del lavado de activos, por parte de los empleados responsables.
  • La observancia de los preceptos contenidos y desarrollados en el "Código de Conducta" , por parte de todos los empleados de la entidad.
  • El ejecución de los programas de capacitación sobre prevención del lavado de activos; actualización normativa; diseño de nuevos procedimientos específicos; desarrollo de nuevas técnicas de lavado, asumidas por la delincuencia organizada y acciones internacionales para el control y represión de capitales originados en actividades delictivas.
  • El análisis de razonabilidad que se debe efectuar sobre las operaciones inusuales a efectos de determinar el nivel de sospecha y la viabilidad de reporte como operación sospechosa al estamento correspondiente.
  • La revisión de los reportes periódicos de información a los entes externos de supervisión y control.
  • La elaboración de los informes mensuales dirigidos al COPRELAC.
  • El seguimiento efectuado a las operaciones de los clientes, cotejo de las mismas con la actividad económica, la base patrimonial y las demás variables financieras declaradas al inicio del vínculo comercial, con el fin de establecer correspondencia entre unos y otros.
  • El seguimiento de las acciones correctivas, como un compromiso de mejoramiento a los defectos de control, detectados en visitas de inspección.
  • La conformación de estadísticas por segmento de mercado, para determinar el perfil financiero de los clientes, capacidad de operación, potencial económico y maniobra comercial, entre otros factores.
  • La elaboración de consultas a fuentes secundaria y primaria, con el fin de determinar tendencias de los mercados atendidos por la empresa y el descubrimiento de nichos de mercado.

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Relación con la auditoría interna y externa

Recordemos que la auditoria externa o revisoría fiscal, es un órgano de vigilancia y control independiente de la administración, del cual se espera imparcialidad absoluta, en sus juicios e informes.

Los objetivos de la auditoria externa o revisoría fiscal que se relacionan con las funciones de la Unidad de Cumplimiento, establecen:

  • Cerciorarse que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la entidad se ajustan a las prescripciones legales en materia de prevención de lavado de activos y expresar su opinión sobre la suficiencia del Sistema Integral para la Prevención del Lavado de Activos.
  • Dar oportuna cuenta a la Asamblea o Junta de Socios, a la Junta Directiva o Gerente, según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.
  • La auditoria externa o revisoría fiscal está facultada para inspeccionar todas las áreas funcionales, incluida las acciones de la Unidad de Cumplimiento, con el propósito de establecer el cabal cumplimiento de la ley y así asegurar el funcionamiento de la entidad y el desarrollo normal de las operaciones, en cumplimiento de este objetivo.
  • Evaluar el sistema de control adoptado por la entidad para la prevención del lavado de activos.

Las funciones de la Unidad de Cumplimiento, forman parte integrante del Sistema de Control Interno de la entidad financiera, de tal forma que cuando los miembros del equipo de trabajo del Oficial de Cumplimiento, cumplen con la responsabilidad de verificar dicho sistema de control interno, que permite medir lo adecuado, efectivo y la calidad de dicho sistema.

De igual manera, la auditoria externa o la revisoría fiscal evalúa el Sistema de Control Interno de la entidad a efectos de adecuarlo si fuere el caso, a las condiciones de calidad exigidas en materia de prevención y control del lavado de activos.

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Relación con la auditoria interna

La Unidad de Cumplimiento al igual que la Unidad de Auditoria Interna, planea el trabajo a ejecutar, examina y evalúa el sistema de control interno, comunica los resultados y efectúa seguimiento a las acciones correctivas.

La labor de las dos Unidades, se diferencia en que la auditoria interna efectúa su trabajo orientada por las normas de auditoria generalmente aceptadas, mientras que la labor desarrollada por la Unidad de Cumplimiento, se hace sobre el Sistema Integral de Prevención de Lavado de Activos.

La relación existente entre las dos áreas, es de cooperación, es decir, cada una programa sus visitas de inspección y el trabajo de campo, en forma independiente, pero en el momento de ejecutar el trabajo de campo, acuerdan las fechas en que cada dependencia efectuará la visita de inspección respectiva.

Cuando las dos Unidades, determinan sus planes de revisión a ejecutar lo hacen en fechas diferentes en el año, de tal forma que la unidad visitada recibe por lo menos un par de visitas como mínimo, ejecutadas bajo dos criterios diferentes.

El alcance del trabajo, cubre los objetivos de revisión, el recurso humano comprometido, las técnicas de revisión empleadas .

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