| El Conocimiento
del Cliente como parte
de las políticas
de una entidad financiera
no es un concepto nuevo,
por el contrario, se trata
de un aspecto fundamental
de la actividad bancaria
desde sus orígenes.
Lo que es novedoso, es
el establecimiento de
procedimientos y mecanismos
de identificación
del cliente y determinación
de su actividad económica
para prevenir el lavado
de activos.
3.4.1.
Principales objetivos
La Política de
Conocimiento del Cliente
no debe mirarse como una
actividad aislada que
no cumple con los objetivos
principales del negocio.
Por el contrario, una
política efectiva
de Conocimiento del Cliente
puede servir de base para
una exitosa gestión
comercial y de administración
del riesgo.
Objetivos
Comerciales
Conocer al Cliente nos
permite conocer sus características
como consumidor de servicios
financieros, para ofrecer
productos adicionales
o novedosos. Los retos
del mercado actual exigen
que las entidades conozcan
las preferencias y los
hábitos de consumo
de sus clientes, toda
esta información,
debidamente analizada,
permite personalizar y
mejorar el servicio.
Objetivos
Preventivos o de Control
Ejercer la Política
de Conocimiento del Cliente
no solamente previene
y controla la ocurrencia
de operaciones de lavado
de activos. Una entidad
bien informada sobre la
actividad económica
de su cliente puede evitar
otros delitos contra la
entidad como el fraude.
Objetivo
de Administración
del Riesgo
La esencia del negocio
financiero es la administración
del riesgo. Un seguimiento
constante de las operaciones
de los clientes, en particular
y en su conjunto, permite
evaluar correctamente
el riesgo crediticio y
tomar acciones frente
a otros riesgos como el
fraude.
3.4.2.
Resultado de la Política
de Conocimiento del Cliente
Cuando las entidades
han logrado desarrollar
su Política de
Conocimiento del Cliente
en forma efectiva, no
solamente están
cumpliendo con una obligación
legal, sujeta a sanciones
por incumplimiento. Conocer
al cliente, le aporta
muchos beneficios a la
entidad, entre los cuales
vale la pena mencionar:
- Selección adecuada
de clientes, basada
en información
confiable y análisis
del riesgo de lavado
de activos.
- Detección de
operaciones inusuales
cuando las operaciones
del cliente se alejan
de los parámetros
de normalidad que se
deducen de la actividad
del cliente.
- Sustento para reportar
como operaciones sospechosas,
aquellas que una vez
comparadas con la información
suministrada por el
cliente se consideran
como sospechosas.
- Prueba ante el supervisor
bancario que
el sujeto obligado ha
actuado diligentemente
en la aplicación
de los controles al
lavado de activos.
- Datos y documentos
sobre el cliente para
atender las solicitudes
particulares de información
que presenten las autoridades
competentes.
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3.4.3.
Relación de la
Política de Conocimiento
del Cliente con otros
controles
La Política de
Conocimiento del Cliente
se relaciona con otros
controles al lavado de
activos. Cada uno de estos
controles hace parte del
sistema establecido por
la entidad para minimizar
su exposición al
riesgo de ser utilizada
para lavar activos y colaborar
con las autoridades en
la prevención del
delito. A continuación
abordaremos los puntos
de encuentro entre la
Política de Conocimiento
del Cliente y otros controles:
Reporte
de Transacciones en Efectivo
El Reporte
de Transacciones en Efectivo
es un control
objetivo que consiste
en diligenciar un formulario
especial, en el cual se
consigna información
sobre las personas y la
operación, cuando
se realizan transacciones
en efectivo por un monto
superior al fijado por
la ley o el supervisor
bancario. Este
formulario tiene como
propósito dejar
constancia de las operaciones
en efectivo significativas
que los clientes y usuarios
realizan en la entidad.
El formulario en el
cual se consignan las
operaciones en efectivo
no reemplaza la demás
información que
se debe tener sobre el
cliente. A su vez, al
Conocer al Cliente es
importante definir si
dentro del giro ordinario
de los negocios del cliente
esta el manejo de grandes
sumas de efectivo, para
efectos de detectar
operaciones
inusuales.
Reporte
de Operaciones Sospechosas
Para poder reportar
una operación como
sospechosa, las entidades
tienen que comparar el
conjunto de operaciones
del cliente con su perfil.
Operaciones que resultan
normales para determinados
clientes pueden ser completamente
sospechosas para otros.
Ejemplo:
Un panadero consigna dinero
en efectivo todas las
tardes y un pensionado
recibe giros del exterior
todos los meses, estas
transacciones son completamente
normales pues por los
resultados de la Política
de Conocimiento del Cliente
sabemos que la panadería
recibe efectivo como resultado
de sus negocios legítimos
y el pensionado recibe
un giro de su hijo que
vive en los Estados Unidos,
transacción igualmente
legítima. Si la
panadería recibiera
giros del exterior sin
justificación la
operación sería
inusual. A su vez, si
el pensionado recibiera
dinero en efectivo todos
los días, esa operación
también sería
inusual. Como conclusión,
las operaciones por si
solas no son inusuales
o sospechosas; es la relación
entre la operación
y la actividad económica
del cliente lo que origina
la inusualidad, que si
no tiene una respuesta
razonable se convertiría
en sospechosa.
Segmentación
del Mercado
En términos simples,
segmentar el mercado es
agrupar a los clientes
de acuerdo con las características
básicas de sus
operaciones (volumen,
frecuencia, productos,
localización, etc.).
La racionalidad de los
negocios dicta que los
clientes de un mismo segmento
deben tener características
económicas, contables
y financieras similares.
Es decir que los datos
recolectados al momento
de conocer a nuestros
clientes nos deben permitir
asumir el segmento del
mercado en el cual se
situarán.
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